«A pagar el recibo del agua, no sean mala leche»
Por: Manduko* La ley 142 de 1994 en su artículo 2 numeral 2.4 establece que el Estado intervendrá en los servicios públicos una prestación continua e ininterrumpida, sin excepción alguna, SALVO CUANDO EXISTAN RAZONES DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. ¿Acaso es culpa de la empresa Aguas Mocoa, no prestar el servicio?, ¿acaso es capricho … Leer más