
Por: *Alexaner Africano
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En Colombia, la Ley 1979 de 2019 reconoce a los veteranos de la Fuerza Pública como personas que han prestado servicios destacados, heroicos y valientes en defensa de la nación, en medio de condiciones de conflicto armado interno, operaciones de alto riesgo y contextos de violencia generalizada.
Pero más allá de la ley, , ́ : , , , ́ .
¿ ́ ?
Son los hombres y mujeres que, siendo parte del ́ , , ́ ́ , participaron en misiones institucionales en esta región, en el país o fuera de él, durante décadas marcadas por el conflicto armado, el narcotráfico, la minería ilegal, la violencia política y el abandono institucional.
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• Llegaron como soldados, suboficiales, oficiales, patrulleros, nivel ejecutivo, desde otras regiones de Colombia.
• Otros, nacidos en Mocoa, Puerto Asís, Orito, Valle del Guamuez, San Miguel o Sibundoy, se enlistaron como una alternativa de vida frente a la pobreza o la falta de oportunidades.
• Algunos resultaron heridos en combate, otros perdieron compañeros o vivieron hechos de alto impacto emocional.
• Otros dejaron viudas, huérfanos, padres adoloridos, familiares, amigos, a causa de una conflicto que aún no termina.
• Muchos han vivido en el silencio, en el anonimato, sin el reconocimiento ni el acompañamiento necesario tras su retiro.
¿ ́ ?
La Ley del Veterano reconoce como veteranos a los miembros retirados o en uso de buen retiro de la Fuerza Pública que:
• Hayan participado en operaciones de defensa y seguridad.
• Hayan enfrentado riesgos extremos en el ejercicio del deber.
• Hayan sufrido heridas o consecuencias físicas o emocionales por causa del servicio.
• Hayan realizado actos de valentía o sacrificio excepcionales.
• O hayan fallecido en actos del servicio (en este caso, el reconocimiento es para sus familias).
¿ ́ ?
Porque la guerra también pasó por aquí, pero sus huellas no son solo de dolor, sino de resistencia y servicio. ́ ́ , ̃ , ́ .
Reconocerlos no es hacer apología de la guerra. Es, por el contrario, un acto de justicia, memoria y dignificación, clave para construir una sociedad que no olvida, que reconoce a sus actores históricos y que apuesta por la no repetición.
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• La salud mental post-servicio.
• Las necesidades de reintegración social y económica.
• La memoria compartida entre excombatientes, víctimas y Fuerza Pública.
• La importancia de tejer puentes de reconciliación en territorios aún heridos por la guerra.
¿ ́ ?
La ley establece, entre otros:
• La Tarjeta de Veterano, que permite identificar a los beneficiarios.
• Prioridad en acceso a servicios de salud, educación, vivienda y programas sociales.
• Reconocimiento público y simbólico, como el Día del Veterano (10 de octubre).
• Acceso preferente a proyectos productivos y formación técnica o laboral.
• Posibilidad de monumentos, placas, actos de memoria y reparación simbólica.
¿ ́ ?
• Incluir a los veteranos en los espacios de memoria histórica y reconciliación territorial.
• Identificar y apoyar a quienes viven en condiciones vulnerables.
• Promover desde la Asamblea Departamental y los Consejos Municipales, iniciativas locales de reconocimiento y acompañamiento.
• Impulsar actos simbólicos, culturales y pedagógicos en fechas como el 10 de octubre o en conmemoraciones por la paz.
• Trabajar por una visión integral del conflicto armado, que reconozca a víctimas, excombatientes y Fuerza Pública como parte del tejido territorial y social.
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*Consejero de Paz Departamental – Afiliado al CNP Putumayo