
Por: Alexander Africano
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Putumayo está en emergencia. Hay alerta roja por lluvias, familias damnificadas, deslizamientos, ríos desbordados y un brote de fiebre amarilla que exige presencia institucional y liderazgo. Pero mientras esto ocurre, l ( ), ( ́ ) – ( ) han sido vistos en Salamanca, España, asistiendo a eventos , , ́ .
Y como si la falta de legalidad y transparencia no bastara, uno de los momentos más reveladores de “ ” ́ ̃ ́ , ̃ ́ ́ “ ” .
Un error que no es menor. No se trata solo de una equivocación lingüística, sino del síntoma más visible de un viaje improvisado, sin preparación y claramente desconectado del territorio que dicen representar.
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“ ” ́ “ ” no solo provocó risas incómodas. Fue una radiografía en vivo de la ligereza institucional, la ausencia de planificación, y el turismo político disfrazado de gestión internacional.
Mientras nuestras comunidades enfrentan inundaciones, enfermedades, necesidades de inversión en salud y vías rurales destruidas, los alcaldes toman fotos, asisten a eventos sin respaldo legal y permiten errores como ese, que evidencian que no fueron a representar a sus pueblos, sino a pasear.
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Desde la ciudadanía hacemos un llamado urgente:
• A los Concejos Municipales de Mocoa, Orito y Valle del Guamuez, para que exijan los soportes legales, los decretos de encargo y los informes de gestión internacional.
• A las Personerías, para verificar si hubo designaciones legales y continuidad administrativa real.
• A la Procuraduría y Contraloría, para que determinen si estos viajes violan normas disciplinarias, presupuestales o de transparencia.
• Y al pueblo del Putumayo, para que despierte su voz, cuestione estos silencios y exija rendición de cuentas.
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Las páginas institucionales, redes sociales oficiales y bases de datos públicas no registran los decretos de encargo ni los actos administrativos que respalden las salidas. ¿Dónde están los documentos? ¿Por qué, si se trata de actos de interés público, no han sido publicados ni informados a la ciudadanía, como lo exige la Ley de Transparencia (Ley 1712 de 2014)?
Los viajes internacionales de alcaldes están regulados:
• Ley 136 de 1994, artículo 91: requieren autorización previa del Concejo Municipal.
• Decreto 1083 de 2015: deben ser formalizados por acto administrativo, con informe posterior.
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No se cuestiona aquí la cooperación internacional ni el deseo de aprender. Lo que se cuestiona es la forma, el momento y la opacidad institucional, justo cuando los municipios atraviesan una de las coyunturas más difíciles del año. ¿Cómo es posible que los mandatarios locales viajen al extranjero sin informar ni designar claramente a sus reemplazos?
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Porque representar un territorio no es tomarse una foto, es defenderlo con presencia, con argumentos y con dignidad.
* Consejero de Paz departamental y afiliado al CNP